Cada día los diferentes medios de comunicación ponen al corriente a los telespectadores sobre denuncias del tipo suplantación de identidad o apropiación ilícita de imágenes o datos, pues en tiempos como los actuales, en los que se vive pendiente de Internet prácticamente las veinticuatro horas al día, es fundamental conocer a que se enfrenta uno cuando se hace uso de imágenes o datos hallados en la red o cuando se hace cualquier tipo de publicación en una red social, foro, etc.
En nuestro país, la ley que recoge este tipo de acciones es Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), la cual tiene por objeto garantizar y proteger, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas, en lo que se refiere a su honor, intimidad y privacidad.
La memoria anual que presenta la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) muestra que, sobre todo desde la última década las denuncias que les presentan aumentan cada año.
Tanto para un particular como una empresa es muy importante conocer a que legislación se sujetan este tipo de conductas, pues se deben conocer las obligaciones en materia de protección de datos para evitar conductas ilegales o situaciones que acarreen sanciones.
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